El seguro de Vida es un acto de amor del asegurado hacia sus seres queridos, donde él busca garantizar que su grupo familiar siga viviendo sin ver deteriorada su calidad de vida desde el punto de vista económico, de allí su denominación “Seguro de Vida”, para que la “vida” continúe a pesar de la ausencia del sustento económico de la familia.
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Es un contrato que se hace entre un cliente, llamado tomador del seguro y una Compañía de Seguros, en donde la compañía se compromete a cubrir los gastos médicos en los que se incurran y que estén contratados para lograr el restablecimiento de la salud de los asegurados es la póliza.
Las compañías de seguros ofrecen a sus clientes asegurados, la opción de acceder a los servicios médicos a través de redes especializadas conformadas por clínicas, médicos, laboratorios, entre otros, en general se da la opción de escoger libremente el profesional o la institución médica de su preferencia, aún si estos no pertenecen a la red
Cuando se adquiere una póliza de seguros de salud, se obtienen beneficios adicionales y diferenciales al sistema obligatorio, sin que esto genere gastos extraordinarios que puedan afectar el patrimonio familiar.
Dentro de los rubros que se cubren en gastos por hospitalización se incluyen por lo general los siguientes: Habitación diaria, Unidad de Cuidados Intensivos, Atención del parto, Atención del recién nacido, Visitas médicas por tratamiento médico hospitalario. Asimismo, otros servicios hospitalarios: Alimentación, servicios de enfermería, derechos de sala de cirugía, elementos de anestesia, exámenes de laboratorio y radiológicos y otros. Se reconocen también las consultas pre y post hospitalarias relacionadas con la hospitalización.
Cuando una hospitalización requiere procedimientos quirúrgicos, en esta cobertura se reconocen los honorarios de los profesionales de la salud que deben intervenir. Usualmente, estos honorarios se remuneran de acuerdo con el nivel de complejidad del procedimiento quirúrgico, y en línea con precios razonables en el mercado.
Este beneficio cubre procedimientos que no requieren hospitalización dentro de los que se pueden encontrar los siguientes: Consulta con médico general y especialistas, Exámenes de laboratorio, rayos X y ecografías, Exámenes especializados de diagnóstico, Terapias ambulatorias de todo tipo, Tratamiento ambulatorio del Cáncer y/o Sida, Atención para la mujer embarazada.
El principal beneficio es saber que en caso de un accidente o imprevisto que afecte tu salud, no deberas preocuparte por los costos que te genere.
Contaras con la atención de personal profesional y amable buscando la opción que te sea mas beneficiosa en precio y coberturas. Nos caracterizamos por obtener las tasas mas bajas para nuestros clientes.
Ademas de todo esto, tambien aseguramos tu tranquilidad; acompañandote personalmente en caso de un siniestro o reclamación, orientandote en cada etapa hacia una reclamación exitosa.
Puede asegurarse toda persona domiciliada en el territorio colombiano, De acuerdo con el número de asegurados se encuentran en el mercado tres clases de pólizas:
Pólizas individuales:
Un solo asegurado.
Pólizas familiares:
El asegurado principal y su grupo familiar, normalmente cónyuge, hijos o padres. No obstante, se pueden incluir otras personas, ya que por cada persona se cobra de acuerdo con su edad y género.
Pólizas Colectivas:
Son contratos en los que el tomador es una empresa, cooperativa o fondo de empleados, entre otros, en los cuales, por el mayor volumen de asegurados, se obtienen mejores precios que en los contratos familiares o individuales.
Es un contrato que se hace entre un cliente (tomador o asegurado) y una compañía de seguros, con el fin de proteger la estabilidad económica que debe afrontar una familia ante la muerte repentina, la incapacidad o la enfermedad grave de un miembro del núcleo familiar, usualmente el jefe o cabeza de hogar.
Por medio de este, la Compañía de Seguros se compromete a pagar un dinero (llamado indemnización) a los beneficiarios del asegurado cuando éste muera o al asegurado cuando éste se incapacite o sufra una enfermedad grave, siempre y cuando estén contratados estos amparos.
Los seguros se encargan de cubrir hechos inciertos, aun así, los seguros de vida cubren el evento de muerte, el único hecho cierto en la vida de un ser humano. Sin embargo, dado que el momento en el cual esta ocurre es incierto, el seguro se encarga de cubrir este riesgo.
Cuando sucede la muerte repentina de la persona que genera ingresos en una familia se genera un deterioro significativo en la calidad de vida de todos los miembros de este grupo familiar pues ya no hay ingresos a futuro.
Por esto, el seguro de Vida Individual resulta siendo un mecanismo económico y confiable para garantizar los ingresos familiares necesarios para sobrellevar los gastos del hogar y no ver deteriorada la calidad de vida de la familia en un plazo determinado.
Ofrece el reconocimiento de la suma asegurada a los beneficiarios en la póliza, cuando fallezca la persona asegurada, ya sea por accidente, por enfermedad, por vejez, suicidio u homicidio.
En el caso que el asegurado no pueda desarrollar una actividad remunerada a causa de una incapacidad o invalidez amparada, el asegurado recibe un beneficio monetario que ha sido pactado de antemano con la compañía de seguros.
En caso de diagnosticarse una incapacidad total y permanente o invalidez, este beneficio garantiza al asegurado que no vuelva a pagar primas y la aseguradora garantiza la protección por muerte del amparo básico.
En el caso del fallecimiento de la persona asegurada a causa de un accidente cubierto por la póliza, los beneficiarios reciben una indemnización monetaria (beneficio) adicional a la suma asegurada del amparo básico. En algunos casos es el doble o hasta el triple de la indemnización por cobertura básica.
En el caso de ser diagnosticada por primera vez una enfermedad grave amparada a una persona asegurada en la póliza, y después de haberse cumplido el periodo de carencia y el periodo de sobrevivencia pactados, el asegurado recibe una indemnización monetaria (beneficio) para poder afrontar la nueva situación personal y familiar que conlleva la enfermedad.
Este amparo opera cuando el accidente deja incapacitado al asegurado y éste no puede trabajar temporalmente. Con este amparo la compañía de seguros indemniza (reemplaza) los ingresos dejados de ganar por la persona por no poder laborar.
Al momento del fallecimiento de la persona asegurada, los beneficiarios reciben una indemnización monetaria (beneficio) adicional a la suma asegurada del amparo básico con el fin de cubrir todo o parte de los servicios funerarios.
El principal beneficio es saber que en caso de tu muerte, tu familia podra mantener la estabilidad economica.
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Para nosostros la información es la base fundamental de la perfección, cuentanos aquellas dudas o detalles, para que podamos brindarte la mejor asesoria y solventar todas las dudas que tienes ofreciendote las mejores opciones.
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Manuel Alfonso - Gerencia
Beatriz Roa - Propiedad Horizontal
Alfa Broker - Agencia de seguros